- El proyecto anterior se apoyaba en la realidad de la náutica de recreo para regular entre otras cuestiones el cambio temporal de embarcaciones de uso privado a comercial por un plazo no superior a tres meses o la autorización puntual para un viaje o actividad distinta a la que tiene autorizada, siempre que la categoría de diseño de la embarcación lo permita.
- En este sentido, y tras el envío de alegaciones por parte de APEAM y del sector, el nuevo proyecto de Real Decreto no ampara este supuesto.
- La alegación central por parte de nuestra asociación se basa en el perjuicio que la norma suponía a las empresas legalmente registradas de chárter náutico que cumplen año a año con todos los requisitos que se les exigen.